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Proceso de Libertad Condicional para Cubanos, Haitianos, Nicaragüenses y Venezolanos

Los procesos para cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos permiten a las personas residir y trabajar temporalmente en los Estados Unidos. Familiarízate con los requisitos y procedimientos de solicitud, teniendo en cuenta también las restricciones de viaje pertinentes.

¿Cuál es el proceso? 

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) ha anunciado recientemente una extensión del programa de libertad condicional, que ahora incluirá a venezolanos, cubanos, haitianos y nicaragüenses. Bajo este proceso de libertad condicional actualizado, una cuota mensual de hasta 30,000 personas de estos cuatro países tendrá la oportunidad de ingresar a los Estados Unidos.

Los beneficiarios de este programa tendrán el privilegio de obtener un permiso de trabajo y residir temporalmente en los Estados Unidos. Es importante tener en cuenta que este estatus es temporal y válido por un máximo de dos años.

Este programa está disponible para cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos. que se encuentran actualmente en el extranjero. El programa fue creado para intentar evitar la entrada de personas a través de la frontera de Estados Unidos. 

La solicitud para iniciar el proceso es gratuita. Ni el solicitante ni el patrocinador tienen que pagar.

¿Quién puede ser beneficiario?

Para calificar como beneficiario de este programa, debes cumplir con los siguientes criterios:

  • Ser cubano, haitiano, nicaragüense o venezolano.
  • Estar fuera de los Estados Unidos en el momento en que presentas la solicitud.
  • Contar con un patrocinador en los Estados Unidos (con estatus, más detalles a continuación).
  • Contar con un pasaporte válido.
  • Aprobar una verificación de seguridad.
  • Organizarse y tener la capacidad de pagar tu vuelo a los Estados Unidos.
  • Obtener las vacunas y cumplir con otros requisitos médicos.

No cumples con los requisitos para el proceso si: 

  • Recibiste una orden de deportación de los Estados Unidos en los últimos 5 años.
  • Ingresaste a los Estados Unidos sin autorización después del 5 de enero de 2023.
  • Cruzaste las fronteras de México y Panamá sin autorización después del 5 de enero de 2023.
  • Intentaste ingresar a los Estados Unidos por mar (específico para cubanos y haitianos).
  • Tienes residencia permanente o doble nacionalidad en cualquier otro país.
  • Tienes estatus de refugiado en cualquier otro país.


Para ser elegible como beneficiario de este programa, es imperativo que tu pasaporte esté vigente y no haya caducado. En el caso de los venezolanos, si tu pasaporte tiene una certificación de extensión, puedes utilizar la fecha indicada en la misma. Además, cabe destacar que algunos pasaportes venezolanos específicos siguen siendo válidos incluso si han caducado, gracias a un decreto aprobado por la Asamblea Nacional el 21 de mayo de 2019.

¿Puede venir mi familia conmigo?

Sí, tu familia puede acompañarte en este proceso. Específicamente, tu cónyuge o hijos solteros menores de 21 años son elegibles para unirse a ti. Es importante destacar que no necesitan ser cubanos, haitianos, nicaragüenses o venezolanos; pueden tener estatus de refugiado en cualquier otro país. Para los niños menores de 18 años, es crucial señalar que deben viajar con sus padres para aprovechar este proceso, ya que los menores no pueden ingresar al programa solos. 

¿Quién puede ser un patrocinador?

Un patrocinador juega un papel vital en este programa. Es una persona que está dispuesta a solicitar tu participación y debe demostrar la capacidad de proporcionarte apoyo financiero y otra asistencia durante un período de dos años. Es esencial que los patrocinadores tengan estatus legal en los Estados Unidos y residan dentro del país.

Un patrocinador puede ser:

  • un ciudadano estadounidense
  • Un residente permanente legal en los Estados Unidos (poseedor de la green card).
  • Un no inmigrante con estatus legal.
    • Un solicitante de asilo, refugiado o persona con libertad condicional.
    • Un titular de Estatus de Protección Temporal (TPS).
    • Un beneficiario de la Suspensión Temporal de la Deportación con Aplicación Diferida (DED).
  • Un beneficiario de DACA

Un patrocinador debe:

  • Demostrar que tienen recursos financieros para apoyarte durante tu estancia en los Estados Unidos.
  • Pasar controles de seguridad y antecedentes.

Un patrocinador tiene la opción de presentar una solicitud conjunta con otras personas o en nombre de una organización o empresa que tiene la intención de proporcionar apoyo. Si estás solicitando en nombre de una empresa u otra entidad, es necesario incluir una carta de compromiso como parte del proceso de solicitud. Esta carta de compromiso es un componente crucial al buscar patrocinio en tales casos.

¿Cómo encontrar un patrocinador?

Programas como Welcome Connect pueden ayudarte a encontrar un patrocinador. El programa Welcome Connect puede proporcionar una plataforma segura y accesible para que posibles patrocinadores se conecten con refugiados que buscan ayuda, permitiéndoles iniciar conversaciones y acceder mutuamente al patrocinio. ¡Un patrocinador no necesita estar relacionado contigo! 

Cómo presentar una solicitud:

Es importante señalar que como beneficiario, no puedes iniciar el proceso de solicitud por ti mismo. En cambio, tu patrocinador es responsable de presentar la solicitud en tu nombre. El patrocinador debe completar y presentar el Formulario I-134A en el sitio web del USCIS para cada beneficiario, incluyendo a los niños que lo acompañen. Cada beneficiario debe solicitar su propio I-134A. 

Para gestionar el alto volumen de solicitudes, el USCIS ha implementado un proceso en el que seleccionarán al azar la mitad de las solicitudes para su revisión cada mes. Las solicitudes restantes se revisarán en el orden en que se recibieron. Este enfoque está diseñado para garantizar la equidad y eficiencia en el procesamiento de un número significativo de solicitudes. 

¡Los tiempos de procesamiento pueden variar! 

El proceso si tu patrocinador es aprobado:
El USCIS puede evaluar si el Formulario I-134A es suficiente para aprobar a tu patrocinador, o pueden solicitar información adicional según sea necesario. Una vez que tu patrocinador sea aprobado, recibirás un correo electrónico con instrucciones paso a paso sobre las siguientes acciones:

Enviar información biográfica (personal)

  • Crear una cuenta con my USCIS
  • Confirmar que cumples con los requisitos de vacunación y salud.

Enviar tu información a CBP One

Obtener la Autorización Anticipada de Viaje a los Estados Unidos.:

  • Si eres aprobado, obtendrás autorización para viajar a los Estados Unidos en los próximos 90 días.
  • Tú o tu patrocinador deben comprar tu boleto de avión y preparar tu viaje. 
  • Es esencial entender que recibir autorización para viajar no garantiza que se te conceda la libertad condicional humanitaria o la estancia temporal. Incluso con esta autorización, aún deberás someterte a verificaciones y cumplir con los criterios de elegibilidad necesarios para ser considerado para estos beneficios.

Solicitar un Permiso de Estancia Temporal o Libertad Condicional cuando llegues a los Estados Unidos.:

  • Superar las inspecciones de CBP, incluido el registro de huellas dactilares y verificaciones adicionales.
  • Si el oficial cree que eres una amenaza para los Estados Unidos o no cumples los requisitos por otras razones, se podría negar tu entrada.
  • Si no pasas, es posible que te remitan a la Oficina de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés).

Obtener un Permiso de Residencia Temporal:

  • Si completas todos estos pasos y pasas la inspección, recibirás un permiso de estancia temporal por hasta 2 años. 

¿Qué sucede después de obtener el permiso de estancia temporal?

Si obtienes permiso para permanecer temporalmente en los Estados Unidos, debes hacer lo siguiente después de llegar:

  • Informa tu dirección física después de 30 días.
  • Realiza una revisión médica dentro de los 90 días.
  • Solicita un permiso de trabajo utilizando Formulario I-765
  • Aplica por una tarjeta de Seguro Social
  • Si te mudas en los Estados Unidos, debes informar cualquier cambio de dirección en un plazo de 10 días después de tu mudanza.
  • Si decides salir de los Estados Unidos y deseas regresar, debes completar la Solicitud de un Documento de Viaje utilizando el Formulario I-131. 

Al concluir tu estatus de libertad condicional (o mientras está pendiente), puedes optar por buscar asistencia legal y explorar las opciones disponibles para quedarte permanentemente en los Estados Unidos. Una posible vía es solicitar asilo, lo que podría permitirte permanecer en los Estados Unidos. Sin embargo, es crucial tener en cuenta que debes presentar tu solicitud de asilo dentro de un año desde tu llegada para ser elegible para esta oportunidad. Buscar el asesoramiento legal puede ser fundamental para navegar eficazmente por este proceso.

Cuando vence tu permiso de residencia temporal, es tu responsabilidad salir del país por tu cuenta y gasto. No hacerlo podría resultar en tu detención y el inicio de procedimientos de deportación. El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) tiene la autoridad para terminar tu libertad condicional bajo circunstancias específicas, incluyendo violaciones de leyes o regulaciones de los Estados Unidos. Es crucial cumplir con los términos y condiciones de tu libertad condicional para mantener tu estatus legal en los Estados Unidos.

Instrucciones para venezolanos:

Si presentaste el Formulario I-134 en línea antes del 6 de enero de 2023, como parte del proceso para venezolanos, tu caso seguirá según lo planeado y no necesitas tomar medidas adicionales. Debes continuar siguiendo los requisitos y pautas establecidos hasta la fecha anterior. No es necesario presentar el Formulario I-134A en esta situación.

Advertencia de viaje para México y Panamá:

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) ha emitido un importante anuncio indicando que a los venezolanos, cubanos, haitianos y nicaragüenses no se les permite viajar a través de Panamá o México en un intento de llegar a la frontera de los Estados Unidos para entrar. Si has cruzado ilegalmente las fronteras de México o Panamá después del 5 de enero de 2023, no serás elegible para el proceso detallado anteriormente.

Además, se espera que se establezcan nuevos puntos de control en la frontera mexicana, con mayores recursos dedicados a combatir el tráfico de personas. Es importante señalar que las restricciones del Título 42 ya no están vigentes y, si intentas cruzar ilegalmente la frontera entre Estados Unidos y México, puedes estar sujeto a un proceso de expulsión acelerada.

Por favor, ponte en contacto con nuestra oficina de abogados de inmigración con licencia para que podamos guiarte. 

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